Impulsando el cambio: utilizar la CEDAW para aumentar la participación de las mujeres en la toma de decisiones
Summary:
Averïgue más sobre la Recomendación General 40 de la CEDAW y cómo utilizarla en su trabajode incidencia
¿Qué es la CEDAW y por qué es importante?
La CEDAW, o Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, adoptada en 1979, es la principal convención internacional de derechos humanos con enfoque en las mujeres y las niñas. Este documento internacional es uno de los tratados respaldados de manera más amplia: más de 189 Estados que lo han ratificado o firmado.
La influencia de esta convención va más allá del desarrollo de normas internacionales de derechos humanos, ya que también da forma a los marcos jurídicos locales, influye en los discursos políticos nacionales y establece las normas de rendición de cuentas a nivel nacional.
La CEDAW es un instrumento clave para salvaguardar y garantizar el cumplimiento de los derechos humanos de las mujeres y niñas lesbianas, bisexuales, trans e intersex (LBTI). Durante décadas, junto con las personas feministas, los grupos y activistas que trabajan en favor de los derechos sexuales y reproductivos y los derechos de la diversidad también han participado para ampliar la interpretación restrictiva de la convención en cuanto a quiénes se incluyen en los términos «mujeres» y «niñas».
Con el tiempo, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Comité CEDAW) también ha ampliado la definición de «mujeres» para incluir a las mujeres LBTI. Para garantizar la participación de las mujeres en todos los aspectos de la sociedad, la economía y el mercado, debemos abordar la ausencia estructural y prolongada de las mujeres en los sistemas de toma de decisiones.
El Comité elaboró una nueva Recomendación General (GR 40) para orientar a los Estados partes sobre la forma de lograr una representación equitativa e inclusiva de las mujeres en los sistemas de toma de decisiones en todos los sectores.
El trabajo de ILGA Mundo y su membresía
Entre 2023 y 2024, el equipo de ILGA Mundo, junto con más de 30 organizaciones miembros, organizaciones de la sociedad civil y 60 personas defensoras de los derechos humanos de todas las regiones de ILGA, contribuyó al proceso de elaboración y redacción de la Recomendación General Nº 40 sobre la representación igualitaria e inclusiva de las mujeres en los sistemas de toma de decisiones.
También proporcionamos apoyo técnico a nuestras organizaciones asociadas que decidieron presentar recomendaciones de forma independiente.
Nuestro trabajo dio como resultado un importante logro, ya que el Comité emitió la Recomendación General, que menciona:
«Las mujeres pueden enfrentarse a múltiples formas de discriminación interseccionales», incluida la discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género (párr. B. 27)
e incluye varias referencias a «las mujeres en su diversidad» (párrafos 2, 13, 15, 27, 29 (b)-(c), 31 (g), 35 (i))
¿Por qué es importante?
Aunque no hay referencias explícitas a las personas LBTI, las recomendaciones que se refieren a «las mujeres en su diversidad» ofrecen oportunidades para promover la inclusión de las mujeres LBTI en la participación política local.
La Observación General también ofrece orientación a los gobiernos sobre la aplicación de la CEDAW y les exige que informen sobre sus progresos durante los exámenes por países. Además, contribuye al creciente corpus jurisprudencial sobre la inclusión de las mujeres LBTI en la participación política.
¿Cómo utilizar la Observación General 40 en su labor de incidencia?
El equipo de ILGA Mundo ha interpretado aspectos de la Observación General de manera que puedan apoyar el trabajo de los grupos LBTI a nivel local, regional e internacional que abogan por una participación más equitativa de las mujeres LBTI en la política y la toma de decisiones.
En particular, la referencia a «las mujeres en su diversidad» (párrs. 2, 13, 15, 27, 29 (b)-(c), 31 (g), 35 (i)) puede leerse y utilizarse junto con otros instrumentos internacionales de derechos humanos.
- Comité de Derechos Humanos (HRCtee) – Observación general n.º 25 (1996) sobre el derecho a participar en los asuntos públicos, el voto y las elecciones
Esta Observación general, emitida en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR), hace hincapié en que los hombres y las mujeres tienen los mismos derechos a participar en la vida política y pública. Subraya la responsabilidad de los Estados de eliminar los obstáculos que impiden a «las mujeres en toda su diversidad y en sus diversas interseccionalidades» votar, presentarse a cargos públicos u ocupar funciones públicas.
La observación también destaca la importancia de garantizar la libre expresión de la voluntad política sin discriminación por motivos de sexo o género.
- Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) – Observación general n.º 20 (2009) sobre la no discriminación en los derechos económicos, sociales y culturales
Esta Observación general se centra en la discriminación que sufren las mujeres en los puestos de liderazgo y de toma de decisiones. Este Comentario General insta a los Estados a aplicar medidas especiales que garanticen la participación plena y en igualdad de condiciones de «las mujeres en toda su diversidad y en todas las interseccionalidades» tanto en el ámbito económico como en el político.
Póngase en contacto con el equipo de ILGA Mundo si desea obtener más información sobre cómo puede utilizar este logro para la incidencia a nivel local.