El Informe Anual de los Órganos de Tratados de la organización mostró que tan solo en 2019 nueve Órganos de Tratados de la ONU hicieron 137 referencias a la orientación sexual, la identidad y expresión de género y a las características sexuales (OSIEGCS) en 66 de las observaciones y recomendaciones a 56 Estados miembros.
Los Órganos de Tratados de la ONU son comités de expertes independientes que monitorean el cumplimiento por parte de los Estados de los tratados internacionales de derechos humanos que han ratificado. Aunque ninguno de los tratados menciona explícitamente a las personas LGBTI o a la OSIEGCS, la práctica de los Órganos de Tratados se ha desarrollado durante las dos últimas décadas para incluir estos conceptos, alimentando las reglas y normas que siguen dando forma al derecho internacional.
“Uno de cada dos Estados miembros de las Naciones Unidas que se sometieron a su examen periódico en 2019 recibió observaciones finales que incluían la OSIEGCS", explicó Kseniya Kirichenko, coordinadora del programa de ILGA Mundo sobre la incidencia de las Naciones Unidas, las mujeres y la capacitación". Los comités siguen escuchando a les defensores de derechos humanos que trabajan en el terreno, y sus recomendaciones siguen orientando a los Estados hacia mejores normas de protección de las personas de orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género y características sexuales diversas".
El 2019 ha sido testigo de importantes avances en la forma en que los Órganos de Tratados abordan los derechos humanos de las personas LGBTI: 43 Estados recibieron de los comités su primera recomendación sobre temas de OSIEGCS. Se hicieron dieciocho referencias específicas a las realidades de las personas trans, incluida una recomendación urgente a Kazajstán; otras 20 recomendaciones se referían exclusivamente a los derechos de las personas intersex, un récord histórico. Por otro lado, solo una recomendación se refería explícitamente a las mujeres lesbianas, y ninguna a las personas bisexuales: de hecho, la mayoría de las referencias hechas por los Órganos de Tratados a lo largo del año no distinguían entre la situación de las mujeres LB/TI y la situación de las poblaciones LGBTI en general.
"Tanto el crecimiento sin precedentes de las recomendaciones específicas para las personas intersex como los cambios en las referencias a las mujeres LBTI en comparación con 2018 demuestran lo importante que es que les defensores de derechos humanos participen activamente en los Órganos de Tratados", comentó Julia Ehrt, Directora de Programas de ILGA Mundo. "Nuestra experiencia está demostrando que cuanto más se comprometen les defensores de derechos humanos con los Órganos de Tratados para presentar informes sobre las situaciones sobre el terreno y hacer oír activamente su voz, más positivas y pertinentes son las recomendaciones que se hacen. Esperamos que el presente informe sea un instrumento útil para orientar la defensa de muches de les defensores de derechos humanos que trabajan en el terreno, y acogemos con agrado sus comentarios sobre la metodología que hemos utilizado para elaborar este documento".
En 2014, ILGA Mundo comenzó a recopilar y analizar la forma en que los comités de la ONU abordan las realidades multifacéticas en las que viven las personas LGBTI en todo el mundo. Seis años de investigación han mostrado claramente un progreso fundamental: no solo las cuestiones que son relevantes para las comunidades LGBTI están recibiendo una atención sostenida, sino que se han traducido en recomendaciones que han tenido un mayor impacto, son más detalladas y son cada vez más conscientes de las diversidades culturales.
Las contribuciones de los Órganos de Tratados de la ONU ayudan a lograr cambios sobre el terreno. Por ejemplo, en noviembre de 2018, el Comité de Derechos Humanos hizo recomendaciones urgentes a Sudán en relación con la restricción de la pena de muerte, incluso cuando se imponía por "sodomía". Hace apenas unos días, Sudán abolió la pena de muerte por actos sexuales consentidos entre personas del mismo sexo, meses antes de la fecha en que debe presentar su informe al Comité sobre el tema.
Entre el 2014 y el 2019, las recomendaciones sobre la OSIEGCS aumentaron en más de un 250%. En al menos 9 casos individuales, los Órganos de Tratados encontraron violaciones de derechos humanos por motivos de orientación sexual e identidad de género: individuos y organizaciones habían buscado justicia para entonces, después de haber agotado todos los recursos internos.
"No se trata solo de cifras, sino de recomendaciones y decisiones que pueden ayudar a lograr un cambio real para nuestras comunidades en los lugares en donde viven, como lo demuestra el ejemplo de Sudán", explicaron Luz Elena Aranda y Tuisina Ymania Brown, Cosecretarias Generales de ILGA Mundo. "Gracias a los aportes fundamentales de les defensores de derechos humanos locales, este cuerpo de trabajo se alimenta constantemente de reglas y normas que dan forma al derecho internacional".
Los Órganos de Tratados (Comités) son comités de expertes independientes designades para examinar la aplicación por los Estados partes de un tratado internacional de derechos humanos.
El Comité de Derechos Humanos (HRCtee, por sus siglas en inglés) supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966) y sus protocolos facultativos;
El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1976);
El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD) supervisa la aplicación de la Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial (1969);
El Comité Para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) supervisa la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979);
El Comité contra la Tortura (CAT) supervisa la aplicación de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (1987);
El Comité de los Derechos del Niño (CRC) supervisa la aplicación de la Convención sobre los derechos del niño (1990);
El Comité para la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares (CMW) supervisa la aplicación de la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (2003);
El Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD) supervisa la aplicación de la Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad (2008);
El Comité contra las Desapariciones Forzadas (CED) supervisa la aplicación de la Convención internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas (2010); y
El Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (SPT), establecido de conformidad con las disposiciones del Protocolo Facultativo de la Convención contra la tortura (OPCAT) (2006), se encarga de visitar los lugares de detención en los Estados Partes para prevenir la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Las observaciones finales son las observaciones y recomendaciones emitidas por un Órgano de Tratado después de haber examinado el informe de un Estado Parte.
Los exámenes de países son un proceso mediante el cual los Órganos de Tratados examinan la aplicación de tratados específicos por los Estados Parte. Tras la ratificación de un tratado, un Estado tiene que presentar informes sobre su aplicación periódicamente. Las observaciones finales son el resultado de estos exámenes.
Referencia significa cualquier mención sobre asuntos OSIEGCS/LGBTI hecha por un comité. Se consideran como una referencia los siguientes cuatro tipos de elementos de las observaciones finales:
Las recomendaciones son medidas y actividades particulares recomendadas, sugeridas o exigidas a un Estado por parte de un comité. Una recomendación podría ser parte de una referencia, pero no todas las referencias incluyen recomendaciones.